El Gobierno aprueba la modificación del Estatuto de ADIF

Para su ajuste al nuevo marco jurídico establecido por la Ley Ómnibus, y la Ley del Sector Ferroviario y su Reglamento para el libre acceso a las actividades de servicios

16/04/2010. – El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, mediante Real Decreto, la modificación del Estatuto de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif) para su ajuste al nuevo marco jurídico establecido por la Ley 17/2009 sobre el libre acceso a las actividades de servicios, conocida por Ley Ómnibus, y por la Ley del Sector Ferroviario y su Reglamento.

El objeto de este Real Decreto es modificar las competencias de ADIF adaptándolas a la nueva regulación de los servicios ferroviarios adicionales, auxiliares y complementarios llevada a cabo recientemente en la Ley del Sector Ferroviario y en su Reglamento.

ADIF prestará los servicios auxiliares, hasta ahora sujetos a tarifas, cobrando por ello los precios que acuerde libremente con las empresas ferroviarias o terceros a quien los preste, dentro de un marco europeo liberalizador y de apertura del mercado.

En los servicios ferroviarios adicionales y complementarios que preste, ADIF cobrará las tarifas que proponga al Ministerio de Fomento y que sean aprobadas por éste. Las modificaciones efectuadas en el Reglamento del Sector Ferroviario – probadas por Consejo de Ministros el pasado 5 de febrero- y este Real Decreto tendrán efectos positivos en la economía en un sentido amplio. Supondrán una reactivación del sector ferroviario y, por tanto, del panorama económico del país, al posibilitar y facilitar el acceso de más personas jurídicas al mercado de servicios auxiliares y complementarios ferroviarios y al liberalizar completamente los precios de los auxiliares.