El Gobierno aprueba la nueva estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento

goberndespanyamoncloa1• Redistribuye las funciones entre los diferentes órganos del Departamento sin que suponga incremento alguno del gasto público.
Madrid, 26 de junio de 2009 (Ministerio de Fomento).
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, mediante Real Decreto, la estructura orgánica del Ministerio de Fomento, adaptada a lo previsto en la última reestructuración de los departamentos ministeriales. La nueva estructura no supone incremento alguno del gasto público, ya que se limita a redistribuir funciones entre los diferentes órganos del Departamento, sin incrementar el número de órganos administrativos con rango de Subdirección General o de división.

La estructura que ahora se aprueba establece dos Secretarías de Estado: una de Planificación e Infraestructuras y otra de Transportes; por lo que se suprime una de las tres Secretarías de Estado que existían con anterioridad (de Planificación y Relaciones Institucionales; de Infraestructuras; y de Transportes).
Entre los órganos directivos del Departamento, cabe destacar las siguientes modificaciones:
Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructura
De esta Secretaría de Estado, dependerá la Secretaría General de Infraestructuras, y de ella cuelgan las siguientes direcciones generales:
– Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias, que sustituye a la suprimida Dirección General de Ferrocarriles, excepto en lo relativo a las competencias sobre normativa e inspección.
– Dirección General de Carreteras.

Asimismo, se mantiene la adscripción de ADIF, FEVE y SEITTSA a la Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructura.
La Dirección General de Planificación, encargada de la elaboración y planificación de las infraestructuras de transporte, y el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX) dependerán asimismo de esta Secretaría de Estado.
Secretaría de Estado de Transportes
Se mantiene la Secretaría General de Transportes, órgano que ya existía con anterioridad, si bien pierde las competencias que tenía en materia de transporte aéreo, que pasan a atribuirse directamente a la Secretaría de Estado.
De la Secretaría de Estado de Transportes cuelgan las siguientes direcciones generales:
– La Dirección General de Transporte Terrestre (que sustituye, ampliando sus competencias, a la suprimida Dirección General de Transporte por Carretera).
– La Dirección General de la Marina Mercante, en la que se modifica la redacción de algunas competencias para adecuarlas a la normativa aprobada recientemente.
– Se mantiene la adscripción a la Secretaría General de Transportes de Puertos del Estado, las Autoridades Portuarias, SASEMAR y se le adscribe novedosamente la entidad pública empresarial RENFE-Operadora.
La Entidad Pública Empresarial AENA queda adscrita también a esta Secretaría de Estado.
La Dirección General de Aviación Civil, órgano encargado de definir la política aeronáutica de aviación civil dentro de las competencias de la Administración General del Estado, dependerá directamente de la Secretaria de Estado de Transportes. Por su parte, la Agencia Estatal
de Seguridad Aérea (AESA) queda adscrita al Ministerio de Fomento a través de esta Dirección General.
Secretaría General de Relaciones Institucionales y Coordinación
Dependiendo directamente del Ministro, se crea la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Coordinación como órgano encargado de la coordinación de las políticas sectoriales del Departamento; para promover la colaboración con otras Administraciones y sujetos públicos y privados; así como para la coordinación de las relaciones institucionales. De esta Secretaría General dependen:
– La Dirección General de Relaciones Institucionales (anteriormente dependiente de la suprimida Secretaría de Estado de Planificación y Relaciones Institucionales), con las siguientes Subdirecciones Generales:o
* Subdirección General de Comunicación y Relaciones Internacionales, que deriva de la anterior Subdirección General de Relaciones Internacionales, dependiente de la Secretaría General Técnica.
* Subdirección General de Coordinación, de nueva creación, que viene a asumir las funciones, si bien ampliadas, de la anterior Subdirección General de Coordinación Territorial.
*Subdirección General de Ayudas, Subvenciones y Proyectos, anteriormente dependiente de la Subsecretaría.
– La Dirección General del Instituto Geográfico Nacional (anteriormente dependiente de la Subsecretaría).
Subsecretaría de Fomento.
Dependiente de la subsecretaría existe un Gabinete Técnico, cuyo titular tiene rango de Subdirector General, así como la Subdirección General de Régimen Postal que sustituye a la suprimida Subdirección
General de Regulación de Servicios Postales. La Comisión Nacional del Sector Postal se adscribe a la Subsecretaría.
De la Subsecretaría, además, dependen los siguientes órganos directivos con rango de Dirección General:
– Secretaría General Técnica. En relación con este órgano directivo, se modifican las denominaciones de las siguientes Subdirecciones Generales dependientes de la Secretaría General Técnica: Subdirección General de Legislación (sustituye a la anterior SG de Estudios Jurídicos y Desarrollo Normativo) y Subdirección General de Normativa y Estudios Técnicos (sustituye a la anterior SG de Normativa y Estudios Técnicos y Análisis Económicos).
Se reordenan las funciones entre algunos de los órganos de la Secretaría General Técnica, derivadas de la supresión de la División de Coordinación y Relaciones Administrativas. Se crea una División de Reclamaciones de Responsabilidad Patrimonial. Se suprime la Subdirección General de Relaciones Internacionales, parte de cuyas funciones se atribuyen a la Dirección General de Relaciones Institucionales, en tanto que otras tantas se retienen en la Subdirección General de Legislación.
La Dirección General de Programación Económica pasa a denominarse Dirección General de Programación Económica y Presupuestos. Asimismo, se efectúan las siguientes modificaciones en sus órganos directivos:
– Se atribuyen a la Dirección General de Servicios las funciones relativas a la gestión de los servicios comunes, de forma que se le adscriben las siguientes Subdirecciones Generales: Oficialía Mayor; Subdirección General de Gestión de Recursos Humanos; Subdirección General de Administración y Gestión Financiera; Inspección General de Servicios; Subdirección General de Tecnologías de la Información y Administración Electrónica, que sustituye a la suprimida SG de Tecnologías y sistemas de la Información.