{"id":27711,"date":"2019-03-27T11:50:03","date_gmt":"2019-03-27T10:50:03","guid":{"rendered":"http:\/\/www.agrupament.cat\/portal\/?p=27711"},"modified":"2019-03-27T11:50:03","modified_gmt":"2019-03-27T10:50:03","slug":"la-cnmc-sanciona-a-15-empresas-por-formar-varios-carteles-para-el-reparto-de-concursos-publicos-de-infraestructura-ferroviaria-de-adif","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agrupament.cat\/portal\/2019\/03\/la-cnmc-sanciona-a-15-empresas-por-formar-varios-carteles-para-el-reparto-de-concursos-publicos-de-infraestructura-ferroviaria-de-adif\/","title":{"rendered":"La CNMC sanciona a 15 empresas por formar varios c\u00e1rteles para el reparto de concursos p\u00fablicos de infraestructura ferroviaria de ADIF"},"content":{"rendered":"<p>El importe total de las sanciones impuestas a las 15 empresas declaradas responsables (Cobra, Elecnor, Siemens, Semi, Inabensa, Alstom, Cymi, Isolux, Electren, Comsa, Indra, Neopul, Telice, Eym y Citracc) asciende a 118 millones de euros.<br \/>\nLos 14 directivos responsables han sido sancionados con 666.000 euros.<br \/>\nLa CNMC activa el procedimiento para la prohibici\u00f3n de contratar con la Administraci\u00f3n.<br \/>\nEl procedimiento se inici\u00f3 a partir de la informaci\u00f3n aportada por Alstom, en el \u00e1mbito del Programa de Clemencia.<\/p>\n<p>Madrid, 27 de marzo de 2019.- La CNMC (Comisi\u00f3n Nacional de los Mercados y la Competencia) ha sancionado a 15 empresas y 14 directivos por repartirse de manera il\u00edcita los concursos p\u00fablicos convocados por ADIF relacionados con infraestructuras ferroviarias (sistemas de electrificaci\u00f3n y electromec\u00e1nica) para las l\u00edneas de tren convencional y alta velocidad. Durante catorce a\u00f1os estas empresas crearon varios c\u00e1rteles en las licitaciones del AVE y del tren convencional. Por esta raz\u00f3n, se les impone en su conjunto una sanci\u00f3n de 118 millones de euros y a los directivos responsables de tales conductas una sanci\u00f3n en conjunto de 666.000 euros. Adem\u00e1s, por primera vez, la CNMC activa el procedimiento para la prohibici\u00f3n de contratar con la Administraci\u00f3n por lo que remite la resoluci\u00f3n a la Junta Consultiva de Contrataci\u00f3n Administrativa. (S\/DC\/0598\/2016).<\/p>\n<p>Estas empresas crearon tres c\u00e1rteles para falsear la competencia en los concursos p\u00fablicos:<br \/>\nUn c\u00e1rtel para repartirse los concursos para la construcci\u00f3n, suministro, instalaci\u00f3n y mantenimiento de sistemas de electrificaci\u00f3n de l\u00edneas ferroviarias de alta velocidad.<br \/>\nUn c\u00e1rtel para manipular los concursos para el mantenimiento de los sistemas de electrificaci\u00f3n en l\u00edneas de tren convencional.<br \/>\nUn c\u00e1rtel para repartirse los concursos p\u00fablicos y privados para la construcci\u00f3n, suministro, instalaci\u00f3n y mantenimiento de equipos electromec\u00e1nicos en las l\u00edneas de alta velocidad.<\/p>\n<p>C\u00e1rtel para la electrificaci\u00f3n del AVE<br \/>\nEn el primero de los c\u00e1rteles, para la electrificaci\u00f3n del AVE, los hechos acreditados indican que trece de estas empresas (Cobra, Siemens, Elecnor, Semi, Inabensa, Alstom, Isolux, Cymi, Comsa, Electren, Neopul, Citracc, y Eym) adoptaron acuerdos para el reparto de 24 licitaciones para la construcci\u00f3n y mantenimiento de la electrificaci\u00f3n del AVE durante ocho a\u00f1os (desde 2008 hasta 2016). El importe total de los contratos adjudicados al c\u00e1rtel asciende a 837 millones de euros.<\/p>\n<p>Los acuerdos en ese cartel fueron evolucionando a lo largo del tiempo, desde abril de 2008 hasta marzo de 2016, en funci\u00f3n de las licitaciones que se iban produciendo y de las empresas que participaban de la estrategia colusoria. Son de destacar los denominados acuerdos MICRO-MACRO, en virtud de los cuales las empresas pactaron el reparto a partes iguales en facturaci\u00f3n y margen de varias licitaciones a trav\u00e9s de la constituci\u00f3n de diversas Uniones Temporales de Empresas (UTEs). La estrategia consist\u00eda en que dichas uniones ?cuya formaci\u00f3n era previamente acordada entre las empresas? que fuesen adjudicatarias de los contratos ceder\u00edan un importe de la producci\u00f3n y margen de beneficio a las no adjudicatarias, que presentar\u00edan ofertas de cobertura o acompa\u00f1amiento no ganadoras para simular concurrencia competitiva en la licitaci\u00f3n.<\/p>\n<p>C\u00e1rtel para la electrificaci\u00f3n del tren convencional<br \/>\nEl segundo de los c\u00e1rteles, creado para la electrificaci\u00f3n del tren convencional, oper\u00f3 durante 14 a\u00f1os (mayo de 2002 hasta noviembre de 2016). Los hechos acreditados indican que las diez empresas que crearon este c\u00e1rtel (Elecnor, Cobra, Semi, Inabensa, Cymi, Alstom, Electren, Siemens, Telice y Eym) adoptaron acuerdos en relaci\u00f3n con, al menos, 239 licitaciones, de las que 173 resultaron finalmente adjudicadas y ganadas por empresas del c\u00e1rtel, con un importe total repartido entre las empresas de 134 millones de euros.<br \/>\nLos primeros hechos que acreditan la existencia de una estrategia colusoria en los concursos en l\u00edneas de tren convencional se remontan al a\u00f1o 2002. En ese momento los directivos de las principales empresas del sector suscribieron un acuerdo para repartirse todas las licitaciones que fueran convocadas por RENFE para el mantenimiento de las subestaciones el\u00e9ctricas en las l\u00edneas de tren convencional. El acuerdo, entre otras cuestiones, preve\u00eda un m\u00e9todo de reparto de las licitaciones mediante un sorteo para establecer el orden de adjudicaci\u00f3n de los contratos, al que las empresas denominaron \u201cranking\u201d.<br \/>\nLas empresas tambi\u00e9n ten\u00edan previstos mecanismos de compensaci\u00f3n entre ellas. De esta manera las empresas que no eran adjudicatarias de los contratos se aseguraban un porcentaje de un 6% sobre la cifra de contrataci\u00f3n a repartir a partes iguales.<\/p>\n<p>Los acuerdos se mantuvieron estables durante todo el tiempo como consecuencia, entre otros motivos, de la facilidad de las empresas para adaptarse a las circunstancias sobrevenidas y a los cambios en las licitaciones realizados por ADIF.<\/p>\n<p>C\u00e1rtel para la electromec\u00e1nica del AVE<br \/>\nEn el tercer c\u00e1rtel creado para el reparto de concursos p\u00fablicos y de un concurso privado para la construcci\u00f3n, suministro, instalaci\u00f3n y mantenimiento de equipos electromec\u00e1nicos en las l\u00edneas de alta velocidad, durante tres a\u00f1os (2013 a 2015), Alstom e Indra, con independencia de la complementariedad de sus tecnolog\u00edas que ha justificado la constituci\u00f3n de UTEs acordaron en ocasiones repartos de licitaciones de menor cuant\u00eda o complejidad. Para ello, presentaban ambas ofertas, si bien una de ellas era de acompa\u00f1amiento o de cobertura, con el compromiso de que la eventual empresa adjudicataria subcontratar\u00eda a la no adjudicataria. En 2015 se sum\u00f3 a tales pr\u00e1cticas, Elecnor.<\/p>\n<p>Estas empresas han adoptado acuerdos para el reparto de, al menos, 7 contratos con un presupuesto de licitaci\u00f3n de 84 millones de euros. Es de destacar los acuerdos previos de reparto entre las tres empresas para la subcontrataci\u00f3n del proyecto relativo a la red ferroviaria de Noruega denominado FOLLO LINE, que fue adjudicado por un precio de 60 millones de euros.<\/p>\n<p>La CNMC ha activado el procedimiento para la prohibici\u00f3n de contratar con la Administraci\u00f3n, por lo que se remite la resoluci\u00f3n a la Junta Consultiva de Contrataci\u00f3n P\u00fablica del Estado a los efectos oportunos. Hay que destacar que la CNMC ha decidido eximir del pago de la multa a Alstom Transporte, a su matriz y directivos en su condici\u00f3n de solicitante de clemencia por un montante total de 8,9 millones de euros (8,8 millones a Alstom m\u00e1s 155.700 euros a sus directivos). Adem\u00e1s, por el mismo motivo, se reduce en un 45% la multa correspondiente a Siemens y a su matriz (queda en 9,24 millones de euros).<\/p>\n<p>La investigaci\u00f3n de los c\u00e1rteles y del fraude en la contrataci\u00f3n p\u00fablica son prioridades de la actuaci\u00f3n de la CNMC, dada la especial gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores y sobre el correcto funcionamiento de los mercados. Para ello, cuenta con un buz\u00f3n de colaboraci\u00f3n ciudadana.<\/p>\n<p>La CNMC cuenta con el Programa de Clemencia, mediante el que la empresa y\/o el directivo que haya participado en un c\u00e1rtel pueden aportar informaci\u00f3n sobre el mismo, escrita o verbalmente en la sede de la CNMC a cambio de la exenci\u00f3n total (o a una reducci\u00f3n) de la multa que le corresponder\u00eda.<\/p>\n<p><strong><a href=\"https:\/\/www.cnmc.es\/node\/374157\"><span style=\"color: #172857;\">M\u00e1s informaci\u00f3n en CNMC<\/span><\/a><\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El importe total de las sanciones impuestas a las 15 empresas declaradas responsables (Cobra, Elecnor, Siemens, Semi, Inabensa, Alstom, Cymi,<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[],"tags":[71,712,37,779],"class_list":["post-27711","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","tag-adif","tag-cnmc","tag-espana","tag-sanciones","comments-off"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.agrupament.cat\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/27711","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.agrupament.cat\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.agrupament.cat\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agrupament.cat\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agrupament.cat\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=27711"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.agrupament.cat\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/27711\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":27712,"href":"https:\/\/www.agrupament.cat\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/27711\/revisions\/27712"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.agrupament.cat\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=27711"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agrupament.cat\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=27711"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.agrupament.cat\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=27711"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}