{"id":1608,"date":"2006-12-01T00:05:17","date_gmt":"2006-11-30T23:05:17","guid":{"rendered":"http:\/\/www.agrupament.cat\/portal\/?p=1608"},"modified":"2009-04-10T09:01:23","modified_gmt":"2009-04-10T08:01:23","slug":"principales-agentes-del-sector-ferroviario","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.agrupament.cat\/portal\/2006\/12\/principales-agentes-del-sector-ferroviario\/","title":{"rendered":"Principales agentes del sector ferroviario"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"http:\/\/www.agrupament.cat\/portal\/wp-content\/uploads\/2008\/11\/ministeriofomento2.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-medium wp-image-1609\" title=\"ministeriofomento2\" src=\"http:\/\/www.agrupament.cat\/portal\/wp-content\/uploads\/2008\/11\/ministeriofomento2.jpg\" alt=\"\" width=\"149\" height=\"57\" \/><\/a><strong>Ministerio de Fomento<br \/>\n<\/strong><br \/>\nEs el departamento encargado de la administraci\u00f3n del conjunto del sector ferroviario. Seg\u00fan la Ley 39\/2003 de 17 de diciembre, del Sector Ferroviario, sus principales competencias son:<\/p>\n<p>* la planificaci\u00f3n estrat\u00e9gica del sector ferroviario, tanto de las infraestructuras como de la oferta de servicios<br \/>\n* la ordenaci\u00f3n general y la regulaci\u00f3n del sistema ferroviario, en especial todo lo relacionado con la seguridad e interoperabilidad del sistema ferroviario y con las relaciones entre los agentes del sector<br \/>\n* la definici\u00f3n de objetivos y la supervisi\u00f3n de la actividad de las entidades p\u00fablicas empresariales ferroviarias, ADIF y RENFE, as\u00ed como de su sistema de financiaci\u00f3n<\/p>\n<p>Para m\u00e1s detalle sobre las competencias del Ministerio ver el art. 81 de la Ley.<!--more--><\/p>\n<p><strong>Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF)<\/strong><\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.agrupament.cat\/portal\/wp-content\/uploads\/2008\/11\/adif17.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-medium wp-image-1610\" title=\"adif17\" src=\"http:\/\/www.agrupament.cat\/portal\/wp-content\/uploads\/2008\/11\/adif17.jpg\" alt=\"\" width=\"189\" height=\"67\" \/><\/a>ADIF fue creado por la Ley 39\/2003 de 17 de diciembre, del Sector Ferroviario. Los estatutos del ADIF se establecieron en el RD 2395\/2004 de 30 de diciembre de 2004. Su actividad comenz\u00f3 el 1 de enero de 2005. ADIF es una entidad p\u00fablica empresarial, con autonom\u00eda de gesti\u00f3n dentro de los l\u00edmites establecidos por su normativa y est\u00e1 adscrito al Ministerio de Fomento. Tiene personalidad jur\u00eddica propia, plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y patrimonio propio. Su objeto principal es la administraci\u00f3n y construcci\u00f3n de infraestructuras ferroviarias.<\/p>\n<p>ADIF administra la casi totalidad de la red ferroviaria de inter\u00e9s general (RFIG). En la actualidad, ADIF administra a) en r\u00e9gimen comercial, las nuevas l\u00edneas de alta velocidad y ancho UIC que figuran en su balance (Madrid-Sevilla, con el ramal de acceso a Toledo, y Madrid-Zaragoza-Lleida; un total de 1.010 km) y, b) por encomienda del Estado, la red convencional de ancho ib\u00e9rico (11.780 km), mediante un convenio para la administraci\u00f3n de esta red patrimonio del Estado.<\/p>\n<p>ADIF, adem\u00e1s de administrador (explotaci\u00f3n y mantenimiento) de las infraestructuras ferroviarias antes citadas, es responsable de la construcci\u00f3n de nuevas l\u00edneas por encargo del Estado, ya sean de su titularidad, financiadas con sus propios recursos, o de titularidad del Estado, con recursos presupuestarios. ADIF construye, en la actualidad, el tramo Madrid-Valladolid de la l\u00ednea Madrid-Valladolid-Vitoria-Frontera francesa, los tramos Lleida-Barcelona y Barcelona-Figueras de la l\u00ednea Madrid-Barcelona-Frontera francesa, las l\u00edneas del corredor Madrid-Comunidad Valenciana-Murcia, el tramo C\u00f3rdoba-M\u00e1laga del corredor Madrid-Andaluc\u00eda, y los t\u00faneles de Pajares y el tramo Orense-Santiago del corredor Noroeste.<\/p>\n<p>Para m\u00e1s detalle sobre las competencias y funciones del ADIF ver art. 21 de la Ley.<\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.agrupament.cat\/portal\/wp-content\/uploads\/2008\/11\/renfe4.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-medium wp-image-1612\" title=\"renfe4\" src=\"http:\/\/www.agrupament.cat\/portal\/wp-content\/uploads\/2008\/11\/renfe4.jpg\" alt=\"\" width=\"175\" height=\"75\" \/><\/a><strong>RENFE-Operadora<\/strong><\/p>\n<p>La actual RENFE fue creada por la Ley 39\/2003 de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario, como entidad p\u00fablica empresarial. Los estatutos de RENFE se establecieron en el RD 2396\/2004 de 30 de diciembre de 2004. Su actividad comenz\u00f3 el 1 de enero de 2005.<\/p>\n<p>RENFE fue creada por segregaci\u00f3n de las unidades de negocio prestadoras de servicio ferroviario y otras actividades comerciales de la anterior empresa ferroviaria vertical.<\/p>\n<p>RENFE es una entidad p\u00fablica empresarial, con autonom\u00eda de gesti\u00f3n dentro de los l\u00edmites establecidos por su normativa y est\u00e1 adscrito al Ministerio de Fomento. Tiene personalidad jur\u00eddica propia, plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y patrimonio propio. Su objeto es la prestaci\u00f3n de servicios ferroviarios de viajeros y mercanc\u00edas y de otros servicios o actividades complementarias o vinculadas al transporte ferroviario. Realiza, tambi\u00e9n, mantenimiento de material m\u00f3vil ferroviario.<\/p>\n<p>RENFE continuar\u00e1 recibiendo del Estado compensaciones por obligaciones de servicio p\u00fablico para la prestaci\u00f3n de servicio de viajeros regionales y de cercan\u00edas. Las unidades de viajeros de larga distancia y de alta velocidad se gestionan en r\u00e9gimen comercial, de igual forma que la unidad de cargas, \u00fanica que va a estar sometida a competencia de otros operadores, a partir de 2006.<\/p>\n<p><strong>Otras empresas ferroviarias<\/strong><\/p>\n<p>A partir del 1 de enero de 2006, las empresas ferroviarias con licencia europea tendr\u00e1n libre acceso a toda nuestra Red de Inter\u00e9s General del Estado para realizar transporte ferroviario de mercanc\u00edas internacional o nacional. Deber\u00e1n, para ello, solicitar la correspondiente capacidad (surco) al ADIF, siguiendo el procedimiento establecido. En el momento de la adjudicaci\u00f3n de la misma, deber\u00e1n, adem\u00e1s, estar en posesi\u00f3n del certificado de seguridad necesario para poder circular, con su material rodante y su personal de conducci\u00f3n, por el itinerario solicitado.<\/p>\n<p>A 1 de enero de 2006, el Ministerio de Fomento ha otorgado dos licencias de nueva empresa ferroviaria (Comsa Rail y Continental Rail) y una licencia de candidato a la adjudicaci\u00f3n de capacidad (Transfesa). Se encuentran en tramitaci\u00f3n dos licencias m\u00e1s. Todas estas nuevas empresas ferroviarias ejercer\u00e1n su actividad en el transporte ferroviario de mercanc\u00edas. Adem\u00e1s, de estas licencias a nuevas empresas, le ha sido otorgada a RENFE la nueva licencia que le habilita para el transporte de viajeros y mercanc\u00edas en la red ferroviaria estatal.<\/p>\n<p><strong>Comit\u00e9 de Regulaci\u00f3n Ferroviaria<\/strong><\/p>\n<p>El Comit\u00e9 de Regulaci\u00f3n Ferroviaria es el organismo regulador del sector ferroviario. Es un \u00f3rgano colegiado adscrito a la Secretar\u00eda de Estado de Infraestructuras y Planificaci\u00f3n del MF. Est\u00e1 compuesto por un presidente y cuatro vocales, funcionarios de los cuerpos superiores del MF, nombrados por el Ministro, y un secretario, designado por el propio comit\u00e9. El RD2387\/2004 establece la duraci\u00f3n del mandato, cese, incompatibilidades y funciones de los miembros del comit\u00e9. El nombramiento de sus miembros se realiz\u00f3 en marzo y la primera reuni\u00f3n de constituci\u00f3n tuvo lugar el 9 de junio de 2005.<\/p>\n<p><strong>Objetivos, funciones y competencias:<br \/>\n<\/strong><br \/>\n* Salvaguardar la pluralidad de la oferta ferroviaria.<br \/>\n* Garantizar la igualdad de todos los operadores en las condiciones de acceso al mercado.<br \/>\n* Cuidar de que los c\u00e1nones se ajusten a la normativa y no sean discriminatorios.<br \/>\n* Resolver los conflictos entre el ADIF y las empresas ferroviarias, en relaci\u00f3n con:<br \/>\no Otorgamiento y uso del certificado de seguridad.<br \/>\no Aplicaci\u00f3n de los criterios de la declaraci\u00f3n sobre la red.<br \/>\no Procedimientos de adjudicaci\u00f3n de capacidad.<br \/>\no Cuant\u00eda, estructura y aplicaci\u00f3n de tarifas a los operadores.<br \/>\n* Resolver conflictos entre empresas ferroviarias sobre actuaciones que persigan un trato discriminatorio en el acceso a las infraestructuras o a los servicios.<br \/>\n* Interpretar las cl\u00e1usulas de las licencias y de las autorizaciones para la prestaci\u00f3n de los servicios de inter\u00e9s p\u00fablico, informando adem\u00e1s en los procesos de licitaci\u00f3n.<br \/>\n* Informar y asesorar al Ministro de Fomento y a las autoridades regionales sobre materias ferroviarias, especialmente en las que puedan afectar al desarrollo de un mercado ferroviario competitivo.<\/p>\n<p>El ejercicio de las funciones del Comit\u00e9 de Regulaci\u00f3n se realizar\u00e1 con pleno respeto a las competencias que la Ley 16\/1989 atribuye a los \u00f3rganos de defensa de la competencia. Se establece un mecanismo de informaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n entre el Comit\u00e9 y el Servicio de Defensa de la Competencia.<\/p>\n<p><strong>Procedimiento<\/strong><\/p>\n<p>El Comit\u00e9 actuar\u00e1 de oficio o a instancia de parte interesada. Las entidades que se consideren perjudicadas por una decisi\u00f3n o actuaci\u00f3n tendr\u00e1n el plazo m\u00e1ximo de un mes para acudir al Comit\u00e9. Las resoluciones del Comit\u00e9 son vinculantes para las entidades que act\u00faen en el \u00e1mbito ferroviario, pero son recurribles ante el Ministro de Fomento. El incumplimiento de las resoluciones ser\u00e1 sancionado conforme a la Ley 39\/2003.<\/p>\n<p><strong>ADAF-certificaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>ADAF, Asociaci\u00f3n de Acci\u00f3n Ferroviaria, fue creada en 1980 como una entidad sin \u00e1nimo de lucro, con el objeto de defender los intereses de las 30 empresas relacionadas con el sector ferroviario que lo fundaron. En la actualidad, son miembros de ADAF m\u00e1s de 50 empresas y su principal objetivo es la normalizaci\u00f3n t\u00e9cnica y la interoperabilidad en el sector ferroviario.<\/p>\n<p>ADAF cre\u00f3, en diciembre de 1998, ADAF-certificaci\u00f3n, que est\u00e1 actualmente registrada como organismo notificado y que como tal fue notificado por el Estado espa\u00f1ol a la Comisi\u00f3n y al resto de Estados miembros, en el marco de las directivas de interoperabilidad (96\/48 \u2013alta velocidad- y 2001\/ 16 \u2013ferrocarril convencional-). En el futuro, ADAF &#8211; certificaci\u00f3n puede llegar a ser el organismo nacional para la certificaci\u00f3n de seguridad del material m\u00f3vil<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ministerio de Fomento Es el departamento encargado de la administraci\u00f3n del conjunto del sector ferroviario. 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